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Factura electrónica obligatoria entre empresas: fechas, a quién afecta y cómo prepararte
La factura electrónica entre empresas será obligatoria el 6 de octubre de 2027 si facturas más de 8 millones y el 6 de octubre de 2028 si no. Qué cambia, qué tendrás que hacer y cómo prepararte.
La factura electrónica entre empresas será obligatoria el 6 de octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones de euros y el 6 de octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos. Las fechas son oficiales desde el 5 de octubre de 2026, cuando el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, que desarrolla el Real Decreto 238/2026.
A partir de esas fechas, las facturas entre empresas tendrán que emitirse en un formato estructurado, enviarse por una plataforma y, además, el cliente tendrá que comunicar si la acepta y cuándo la paga. Es un cambio más grande que Verifactu, porque no afecta solo al programa con el que facturas, sino a cómo recibes, apruebas y pagas las facturas de tus proveedores.
¿Usas Odoo o lo estás valorando? Dejamos Verifactu y la factura electrónica configurados en Odoo en un solo proyecto: probado antes de arrancar, con precio cerrado y 30 días de acompañamiento.
Las fechas, en una tabla
| Quién | Desde cuándo |
|---|---|
| Empresas y profesionales que facturan más de 8 millones de euros al año | 6 de octubre de 2027 |
| Resto de empresas y autónomos | 6 de octubre de 2028 |
| Verifactu (para comparar) | Octubre de 2028, según el anuncio de Hacienda del 5 de octubre de 2026, pendiente de norma |
La Agencia Tributaria tiene que tener su plataforma pública funcionando al menos dos meses antes de la primera fecha. Hacienda ha retrasado Verifactu precisamente para que las pymes hagan los dos cambios a la vez. Si quieres el detalle de Verifactu, lo tienes en nuestra guía de Verifactu y sus fechas.
De dónde sale esta obligación
- Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (Ley Crea y Crece): establece que todas las facturas entre empresarios y profesionales serán electrónicas, para combatir la morosidad.
- Real Decreto 238/2026: desarrolla la obligación (quién, qué formatos, qué plataformas y qué hay que comunicar).
- Orden HAC/1028/2026: concreta los requisitos técnicos y pone en marcha la cuenta atrás. Entró en vigor el 6 de octubre de 2026.
A quién afecta y a quién no
Afecta a todos los empresarios y profesionales cuando facturan a otra empresa o autónomo, sin importar su tamaño ni su sector.
No afecta a:
- Las facturas a particulares (consumidores finales). Ahí siguen valiendo las facturas y tiques de siempre, con Verifactu.
- Las facturas a la Administración, que ya son electrónicas desde hace años a través de FACe.
Qué cambia en la práctica
1. El formato de la factura
Una factura electrónica no es un PDF. Es un fichero estructurado que un programa puede leer sin que nadie lo teclee. Los formatos admitidos son estándares como UBL, Facturae, CII o EDIFACT. El PDF puede acompañar a la factura, pero no la sustituye.
2. Cómo se envía
Las facturas se intercambian a través de plataformas de facturación electrónica: la solución pública gratuita de la Agencia Tributaria o plataformas privadas que estén conectadas entre sí. Puedes usar una, otra o las dos. Si las intercambias por una plataforma privada, tendrá que enviarse una copia a la solución pública.
3. Lo que tiene que comunicar quien recibe la factura
Esta es la gran novedad. El receptor tendrá que informar de:
- Si acepta o rechaza la factura.
- La fecha en que la paga por completo.
Hacienda tendrá así una foto de quién paga tarde. Para tu empresa significa que la recepción de facturas de proveedor y los pagos tienen que estar ordenados, porque ya no es solo un tema interno.
4. Un periodo de adaptación
Durante el primer año, las empresas de más de 8 millones tendrán que acompañar la factura electrónica de su versión en PDF, salvo que el cliente acepte solo el formato electrónico. Para las pymes y autónomos, informar del estado de las facturas será voluntario durante los primeros 12 meses.
Por qué no conviene esperar a 2028
Dos años parece mucho, pero hay tres motivos para no dejarlo para el final:
- Tus clientes grandes empezarán en octubre de 2027. Si una empresa de más de 8 millones te compra, desde esa fecha te enviará sus facturas en formato electrónico y querrá recibir las tuyas igual, aunque a ti no te toque hasta 2028.
- Es un cambio de proceso, no solo de programa. Hay que decidir quién aprueba cada factura de proveedor, cómo se registran los pagos y cómo se conecta todo con la contabilidad.
- Al final, proveedores y gestorías se saturan. Pasó con Verifactu y volverá a pasar.
Cómo prepararte, paso a paso
- Revisa cuántas facturas emites y recibes de otras empresas, y desde dónde: programa de facturación, tienda online, Excel, gestoría.
- Comprueba si tu programa genera factura electrónica en un formato admitido y si podrá conectarse a la solución pública o a una plataforma privada. Pídelo por escrito.
- Ordena la recepción de facturas de proveedor. Un único punto de entrada, una persona que aprueba y un registro de cuándo se paga cada una.
- Conecta facturas, pagos y banco. Si los pagos se concilian solos con el banco, comunicar la fecha de pago deja de ser trabajo extra.
- Resuelve Verifactu en el mismo proyecto. Para las pymes llegan a la vez; hacerlo junto es más barato y más rápido.
- Haz pruebas con calma antes de la fecha, con tus clientes y proveedores habituales.
Y si usas Odoo
Odoo ya genera facturas electrónicas en formatos como Facturae y UBL, recibe facturas de proveedor, las lee automáticamente y las concilia con los pagos del banco. Te contamos hasta dónde llega la automatización en qué puede hacer la IA dentro de Odoo. La conexión con la solución pública de la Agencia Tributaria dependerá de cómo se actualice la localización española en los próximos meses, y lo iremos contando aquí.
Lo que sí puedes hacer ya es dejar ordenado todo lo que rodea a la factura: series, impuestos, recepción de facturas de proveedor y conciliación bancaria. Es justo lo que hacemos dentro del Programa Odoo 90 Días, y en nuestra página de facturación electrónica con Odoo te contamos cómo lo planteamos para resolver Verifactu y la factura electrónica en un solo cambio.
Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal. Basado en el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, a 6 de octubre de 2026. Lo actualizaremos si cambian las fechas o los requisitos.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?
El 6 de octubre de 2027 para las empresas que facturan más de 8 millones de euros al año y el 6 de octubre de 2028 para el resto de empresas y autónomos. Las fechas salen de la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026, que desarrolla el Real Decreto 238/2026.
¿Afecta a los autónomos?
Sí. Afecta a todos los empresarios y profesionales cuando facturan a otras empresas o autónomos, sin importar su tamaño. Los autónomos y pymes que facturan menos de 8 millones tienen hasta el 6 de octubre de 2028.
¿Un PDF enviado por correo es una factura electrónica?
No a efectos de esta obligación. La factura tiene que emitirse en un formato estructurado (como UBL, Facturae, CII o EDIFACT) que un programa pueda leer sin intervención humana. El PDF puede acompañarla, pero no la sustituye.
¿Qué es la solución pública de la Agencia Tributaria?
Una plataforma gratuita de la Agencia Tributaria para emitir y recibir facturas electrónicas. Se puede usar en lugar de una plataforma privada o junto a ella. Las facturas que se intercambien por otras vías tendrán que enviar una copia a esa solución pública.
¿Qué tengo que comunicar cuando recibo una factura?
El receptor tendrá que informar si acepta o rechaza la factura y la fecha en que la paga. Es una de las grandes novedades: sirve para controlar la morosidad, y obliga a tener cobros y pagos al día en el mismo sistema.
¿Es lo mismo que Verifactu?
No. Verifactu regula el programa con el que emites las facturas; la factura electrónica regula el formato, el envío al cliente y el aviso del pago. Hacienda ha aplazado Verifactu a octubre de 2028 para que coincida con la factura electrónica de las pymes.